Al ingresar como usuario de la UNIDAD INTEGRAL DE SALUD MENTAL SION, todos tienen el derecho al más profundo respeto de su Dignidad Humana y a ser cobijados por la Constitución colombiana y todos los pactos, protocolos y convenciones internacionales que sobre Derechos Humanos, Derecho Internacional Humanitario y Misión Médica ha suscrito Colombia.
La Ley 1616 de 2013 en su art. 6 establece los derechos de las personas en el ámbito de la salud mental. Además de los derechos consignados en la declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial, La Convención sobre Los Derechos de las personas con discapacidad y otros instrumentos internacionales, constitución política, y la Ley general de seguridad social en salud son derechos de las personas en el ámbito de la salud mental:
La Ley Estatutaria 1751 de 2015 estableció nuevos Derechos y Deberes de los pacientes en el sistema de salud en Colombia, los cuales son de obligatorio cumplimiento por los diferentes actores y agentes que integran el sistema de salud en Colombia.
En la Unidad Integral de Salud Mental SION como actores y agentes del sistema de salud, nos acogemos a la normatividad vigente y nos permitimos difundir por medio de esta herramienta y nuestro departamento de SIAU, entre nuestros usuarios lo reglamentado en relación con los Derechos y Deberes de los pacientes.
EXIGE TUS DERECHOS
- Derecho a recibir atención integral e integrada y humanizada por el equipo humano y los servicios especializados en salud mental.
- Derecho a recibir información clara, oportuna, veraz y completa de las circunstancias relacionadas con su estado de salud, diagnóstico, tratamiento y pronóstico, incluyendo el propósito, método, duración probable y beneficios que se esperan, así como sus riesgos y las secuelas, de los hechos o situaciones causantes de su deterioro y de las circunstancias relacionadas con su seguridad social.
- Derecho a recibir la atención especializada e interdisciplinaria y los tratamientos con la mejor evidencia científica de acuerdo con los avances científicos en salud mental.
- Derecho a que las intervenciones sean las menos restrictivas de las libertades individuales de acuerdo a la ley vigente.
- Derecho a tener un proceso psicoterapéutico, con los tiempos y sesiones necesarias para asegurar un trato digno para obtener resultados en términos de cambio, bienestar y calidad de vida.
- Derecho a recibir psicoeducación a nivel individual y familiar sobre su trastorno mental y las formas de autocuidado.
- Derecho a recibir incapacidad laboral, en los términos y condiciones dispuestas por el profesional de la salud tratante, garantizando la recuperación en la salud de la persona.
- Derecho a ejercer sus derechos civiles y en caso de incapacidad que su incapacidad para ejercer estos derechos sea determinada por un juez de conformidad con la Ley 1306 de 2009 y demás legislación vigente.
- Derecho a no ser discriminado o estigmatizado, por su condición de persona sujeto de atención en salud mental.
- Derecho a recibir o rechazar ayuda espiritual o religiosa de acuerdo con sus creencias.
- Derecho a acceder y mantener el vínculo con el sistema educativo y el empleo, y no ser excluido por causa de su trastorno mental.
- Derecho a recibir el medicamento que requiera siempre con fines terapéuticos o diagnósticos.
- Derecho a exigir que sea tenido en cuenta el consentimiento informado para recibir el tratamiento.
- Derecho a no ser sometido a ensayos clínicos ni tratamientos experimentales sin su consentimiento informado.
- Derecho a la confidencialidad de la información relacionada con su proceso de atención y respetar la intimidad de otros pacientes.
- Derecho al Reintegro a su familia y comunidad.